Denuncia las condiciones del Módulo de Máxima Seguridad en la cárcel de Alta Seguridad
Las organizaciones abajo firmantes venimos a denunciar públicamente la situación que se vive en el Módulo de Máxima Seguridad en la Unidad Especial de Alta Seguridad de Santiago.
En esta sección se encuentra presos de distintas categorías (que Gendarmería cataloga como líderes penales, antisistema o de connotación pública) y que se les aplica un régimen de aislamiento estricto y prolongado consistente en 22 o 23 horas de encierro diario en celda y sin actividades. Esto, se encuentra regulado por resolución administrativa, lo que degrada e infringe el principio de legalidad, al igual que toda la etapa de ejecución de pena privativa de libertad en Chile.
Las Reglas Mandela que establecen las condiciones mínimas para el tratamiento de los reclusos, define el aislamiento prolongado como elencierro de una persona sin contacto humano durante un mínimo de 22 horas diarias. Asimismo, considera encierro prolongado aquel que se extiende a un período superior a 15 días consecutivos (regla 44). Esta es la realidad que vive una gran parte de los reclusos que se encuentran en esta sección de máxima seguridad.
Las consecuencias del aislamiento prolongado han sido puesto de relieve por distintos organismos internacionales, y son tanto físicas como fisiológicas: problemas gastrointestinales, cardiovasculares, genito-urinales, migrañas y fatiga profunda, en los que se constatan síntomas como palpitaciones, transpiración excesiva súbita, insomnio, dolores dorsales y articulares, deterioro de la vista, falta de apetito, pérdida de peso y diarrea, letargia y debilidad, temblores, sensación de frio y agravación de los problemas de salud preexistentes. También, se han puesto de manifiesto los efectos psicológicos de este régimen, los que comprobado pueden manifestarse de forma gradual hasta las agudas o crónicas. Las categorías conocidas son las siguientes: angustia; depresión; cólera; problemas cognitivos; distorsiones de la percepción; paranoia y psicosis y por último, automutilación y suicidio[1].
El Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) en el Informe de su visita a Chile realizada entre el 4 al 13 de abril de 2016[2], ya expresó su preocupación por el alto nivel de aislamiento de larga duración observado en la Unidad Especial de Alta Seguridad en Santiago, situación agravada por la ausencia de actividades, talleres y la falta de acceso al sol (P. 73).
Además de los efectos antes descritos, con la situación actual de la pandemia, muchos de los reclusos se encuentran resfriados y otros aislados por estudio de casos Covid. Todo esto se ha visto acrecentado, además, por las medidas que la propia administración penitenciaria ha tomado de forma arbitraria. Un ejemplo de ello es que no pueden ver a sus familiares a través de su visita (realizada por videollamadas) porque Gendarmería de Chile, a través de un oficio reciente, ordena que los internos de connotación pública, por ende todos los de esta sección, sólo pueden acceder a llamadas telefónicas y no videollamadas. Esta acción tiene como primer objetivo castigar colectivamente a los reclusos por una entrevista a una cadena de televisión realizado por uno de ellos en días pasados y por otro, evitar que cualquier persona privada de libertad en esta sección pueda hacer público las cotidianas vulneraciones a los derechos humanos que se viven en este módulo. Frente a estas arbitrariedades, un grupo de ellos comenzó a rechazar el rancho como medida de protesta. Como respuesta han sufrido de allanamientos y uso de gases.
A esta situación de aislamiento se suma la precariedad de las condiciones de habitabilidad de los recintos penitenciarios en Chile. Sin ir más lejos, el domingo pasado, día 4 de abril, se encontraba inundada toda la sección.
Esta situación viene a demostrar la evidente vulneración de los derechos humanos y la tortura y tratos crueles inhumanos y degradantes que se vive en el Módulo de Máxima Seguridad. El propio Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la tortura[3], lo ha calificado de esta forma cuando establece que si las condiciones físicas del régimen de aislamiento son tan deficientes, y el régimen tan estricto que dan lugar a un grave dolor o sufrimiento mental o físico de las personas sometidas al régimen de aislamiento, esas condiciones equivalen a la tortura o al trato cruel e inhumano (P.74).
Con todo, se evidencia la imperatividad de una ley de ejecución penitenciaria que recoja una concepción moderna de la relación jurídico penitenciaria, por la cual cobre relevancia el principio de legalidad, el reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, se especialice el control judicial y se reformule el significado de la pena privativa de libertad en orden de enfocar los fines hacia el desistimiento y no el sufrimiento (tal como ha informado la Excma. Corte Suprema[4], en la necesidad de tribunales de ejecución).
Expuesto lo anterior, hacemos un llamado a las distintas instituciones públicas para que intervengan en poner fin al Módulo de Máxima Seguridad por ser un régimen ilegal y suponer una vulneración flagrante de los derechos humanos de las personas privadas de libertad.
Santiago de Chile 9 de abril de 2021.
Observatorio de Violencia Institucional en Chile-OVIC
Observatorio Social Penitenciario-OSP
ONG 81 Razones
Asociación Pensamiento Penal Chile-APP Chile
ONG Confapreco
Fundación 1367 Casa Memoria José Domingo Cañas
Asociación El Jardín
Grupo de Defensa Jurídica de Mauricio Hernández Normabuena
Asociación ExPresos Político en el Reino Unido
Corporación Memoria Borgoño
Asociación La Resistencia Popular
Asociación Mutual ex presos políticos MIR
Comité Recuperación Cuartel Borgoño
Coordinadora Naciona Ex pp “Salvador Allende”
Futsal Revolution Chile
Grupo de Acción Camilo Catrillanca
Movimiento Victoria Popular
Organización en Solidaridad con Mauricio Hernández Norambuena. Ramiro a la calle
Organización Te queremos libre
Organización sociocultural de derechos humanos Arica Parinacota
Coordinadora Cultural Camilo Catrillanca
Red Feminista Barrio Yungay
Grupo de Acción Camilo Catrillanca
Coorporación 3 y 4 Alamos. Un parque por la paz el amor y la justicia
Red de Observadoras de DDHH Valparaíso
Dpto. Ciencias Penales, Centro de Estudios Aurora
Vecinxs población la Bandera
Madres en resistencia
Asamblea de Bases INBA
AGP
Organización cultural de salud y permeacultura Llantén
Agitación y propaganda La Bandera Organizada
Resistencia y Libertad
Comunidad Autónoma Palife Janequeo
Movimiento Solidario Vida Digna
Red contra la Represión a Estudiantes
Esconfinas Anticarcelarias
Coordinadora 18 de Octubre
Vecinxs organizadxs Cerro Navia en rebeldía
Prácticas Visuales en cárceles
La lista del Pueblo Maule Sur
Movimiento 8 M Concepción
Cabrxs de Mierda
Cooperativa Mujeres Manos Libres
Cárcel & Sociedad
Asociación Mutual ex-presxs politicxs MIR y la Resistencia Popular
[1] Shalev, Sharon. Libro de referencia sobre el aislamiento solitario. 2008.
[2] Subcomité para la Prevención de la Tortura. Informe de Visita. Chile. 16 mayo de 2016. CAT/OP/CHL/1.
[3] NACIONES UNIDAS, Asamblea General, 5 de agosto 2011. A/66/268.
[4] Boletín 12213-07
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